SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0065/2007-R
Fecha: 09-Feb-2007
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En la demanda de 30 de marzo de 2006 (fs. 38 a 43 vta.), la recurrente alega que dentro del proceso penal seguido en su contra por Graciela Zelaya de Ordoñez, por el supuesto delito de apropiación indebida y abuso de confianza, en la audiencia de 14 de enero de 2006, la Jueza Segunda de Sentencia determinó la suspensión de la audiencia de juicio oral declarando receso y señaló la prosecución del juicio para el 17 de enero de 2006, a horas 17:00 con lo que fueron notificados en la misma audiencia.
Refiere que una vez instalada la audiencia, la parte querellante no concurrió a la misma, previa espera de veinte minutos, la Jueza Segunda de Sentencia en lo Penal en cumplimiento de lo establecido por el art. 292 inc. 4) del Código de Procedimiento Penal (CPP), determinó el abandono de la querella mediante Resolución 024/2006, de 17 de enero, en vista a que la querellante no presentó justificativo alguno de su inasistencia. Señala que posteriormente la apoderada de la querellante presentó apelación incidental sin justificar las causales sobre la inasistencia de la querellante ante la Jueza y sin que la ley haya previsto recurso de apelación para esa Resolución (art. 403 del CPP).
Arguye que; sin embargo, las autoridades recurridas admitieron el recurso de apelación incidental vulnerando los arts. 403 y 404 del CPP y dictaron la Resolución 81/2006, de 3 de marzo, sin fundamentación alguna, ni valorar la prueba aportada que demuestra que el formulario de denuncia fue llenado a horas 18:40, después de la hora señalada para la audiencia, que se efectuó a las 17:00, no se tomó en cuenta la contestación a la apelación ni lo alegado en ella, infringiendo la igualdad procesal, de ese modo cometieron defectos absolutos que no son susceptibles de convalidación.