Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0084/2007-RCA
Fecha: 14-Mar-2007
improcedencia in limine
Por Resolución 200 de 4 de noviembre de 2006, la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, cursante de fs. 248 a 249, declaró la improcedencia in limine del recurso por subsidiariedad, argumentando que si el recurrente consideraba que se estaba lesionando el derecho a la defensa de su mandante debió solicitar la nulidad de los actuados en la vía incidental y no actuar negligentemente presentando en forma directa el recurso de apelación contra la sentencia, sin contar con el poder notarial para ejercer tal representación.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la demanda
- improcedencia in limine
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1
- constatada la procedencia del amparo por no existir ninguno de los supuestos de improcedencia reglada
- resulta
- cuando no exista otro recurso inmediato para la protección de los mismos
- requisitos de forma
- requisitos de contenido
- 2º Disponer