AUTO CONSTITUCIONAL 0084/2007-RCA
Fecha: 14-Mar-2007
requisitos de forma
De la revisión del memorial de demanda y la prueba documental adjunta se advierte que el recurrente cumplió con los requisitos de forma previstos en dicha disposición, por cuanto: I. Adjuntando el poder 43/2006, de 7 de abril acredita que interpone el recurso en representación de Antonio garcía Da Silva Filho; II. Señaló el nombre y domicilio de las autoridades recurridas así como de la tercera interesada, Ubersinda Gonzáles Claros en representación de Juan Céspedes Quinteros, en cumplimiento de la jurisprudencia establecida por este Tribunal mediante la SC 1351/2003-R, de 16 de septiembre; y V. Adjuntó las pruebas en que funda su pretensión, las cuales consisten en fotocopias legalizadas del proceso de desalojo iniciado contra su poderdante, que incluyen las Resoluciones de 28 de agosto y 13 de septiembre, ambas de 2006, cursantes -según indica, en el expediente principal- a fs. 230 y 234 vta., respectivamente y a fs. 228 y 232 vta. en el presente recurso de amparo o
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la demanda
- improcedencia in limine
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1
- constatada la procedencia del amparo por no existir ninguno de los supuestos de improcedencia reglada
- resulta
- cuando no exista otro recurso inmediato para la protección de los mismos
- requisitos de forma
- requisitos de contenido
- 2º Disponer