rechazando
La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia dictó el Auto Supremo 286, de 7 de marzo de 2007, rechazando la solicitud de promover el incidente, señalando que la RA 82/2002, de 20 de noviembre, presuntamente inconstitucional, no es una norma de carácter general y tampoco vulnera derechos fundamentales, teniéndose presente que el objeto del incidente de inconstitucionalidad es la declaratoria de inconstitucionalidad de una norma (ley, decreto o resolución no judicial, de aplicación general), cuya constitucionalidad se cuestiona respecto a un derecho, mientras que en el caso presente, se refiere únicamente a la obligación de cumplir con los tributos emergentes de una presunta actividad económica de prestación de servicios, cuya procedencia o improcedencia se determinará aplicando las normas previstas en el Código Tributario, la Ley 843 y la Ley de Municipalidades.
- En consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazando
- II.2.1
- 3.-
- II.2.3
- Consecuentemente, es evidente que la Resolución impugnada no tiene carácter normativo de alcance general, por lo que no forma parte de las disposiciones legales o normas objeto de control normativo de constitucionalidad, es decir, al no constituir una Resolución normativa de carácter general, sino una que resuelve un caso particular, no puede ser impugnada por la vía del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, haciendo inviable la procedencia del presente recurso, en aplicación del art. 59 de la LTC
- II.2.4.
- careciendo en absoluto de contenido jurídico-constitucional que justifique una decisión sobre el fondo
- APROBAR
