SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0103/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0103/2007-R

Fecha: 06-Mar-2007

concediendo

Concluida la audiencia, el Tribunal del recurso dictó Resolución concediendo el amparo solicitado, disponiendo la nulidad del Auto de Vista de 24 de enero de 2006. Como fundamentos se señalaron: 1) los Vocales recurridos a tiempo de dictar su fallo no consideraron que el art. 236 del Código de Procedimiento Civil (CPC) señala que el auto de vista debe circunscribirse a los puntos resueltos por el inferior y que hubiesen sido objeto de la apelación y fundamentación; 2) la Resolución impugnada carece de argumento legal, motivación fáctica, conteniendo únicamente una breve relación de lo solicitado por la apelante, sin explicar los motivos o razones que indujeron al tribunal a pronunciar su resolución; 3) al haber dispuesto la nulidad de obrados contravino el art. 251 del CPC, pues la norma adjetiva ni la sustantiva contempla la nulidad de obrados por los motivos esgrimidos por los Vocales recurridos para disponerla.