SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0124/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0124/2007-R

Fecha: 12-Mar-2007

1)

La Directora Departamental del SEDEGES y la Jefa del Recursos Humanos  de la entidad, a través de su abogado, informan: 1) Mediante memorando de 14 de marzo de 2006, se le ha comunicado a la funcionaria Fanny Huanaco Flores, “abogada ahora”, que por razones de reestructuración y no existiendo proceso de evaluación  tal cual mandan las normas de descentralización, ella ha sido designada para reasumir el cargo que anteriormente desempeñaba, dejando sin efecto el memorando 20/2006; 2) El SEDEGES en su normativa interna ha regulado que, en el movimiento de personal deberá existir promoción de acuerdo al Sistema de Administración de Personal y como quiera que la recurrente fue nombrada  Encargada de Contrataciones, sin el procedimiento correspondiente, la Directora Departamental  promovió la posibilidad de iniciar este proceso en función a la transparencia y legalidad que tiene que ver con la gestión prefectural; 3) La recurrente pese a que no es funcionaria de carrera, planteo recurso de revocatoria al que le sigue el jerárquico; empero, no hizo uso del recurso de impugnación al que se refiere el art. 56 de la Ley del Procedimiento Administrativo (LPA), y el recurso de amparo constitucional sólo se concederá siempre que no hubiere  otro medio o recurso legal de protección.