SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0127/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0127/2007-R

Fecha: 13-Mar-2007

concediendo

Concluida la audiencia, el Tribunal del recurso pronunció Resolución concediendo el amparo, disponiendo la nulidad del Auto Supremo 2 de 4 de enero de 2006, debiendo las autoridades recurridas, con carácter previo a la Resolución del recurso de casación, resolver por cuerda separada la excepción de extinción de la acción penal. Como fundamentos se señalan: a) las autoridades recurridas al pronunciar el Auto Supremo impugnado y resolver conjuntamente la cuestión previa de extinción de la acción penal y el fondo del asunto, incumplieron lo previsto por los arts. 186, 187 y 188 del CPP.1972, al ser la excepción de previo y especial pronunciamiento, así como las SSCC 1365/2005-R y 0018/2006-R que son de cumplimiento obligatorio conforme al art. 44 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC); b) asimismo, al referirse a la extinción de la acción penal no efectuaron la fundamentación señalada en el art. 124 del CPP, c) al haber obrado de esa manera, lesionaron los derechos y garantías del recurrente.