SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0130/2007-R
Fecha: 13-Mar-2007
II.2.
II.2. Orden Instruida que librada el 13 de mayo de 2005 (fs. 39 a 43; 93 a 97), mereció el decreto de 16 de mayo de 2005 por el que el Juez Segundo Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial de Chuquisaca, dispuso que se realice la notificación conforme se solicita y una vez diligenciada, se remita al juzgado de origen (fs. 43 vta.; 97 vta.); a cuya consecuencia, el mismo 16 de mayo de 2005, el Oficial de Diligencias del Juzgado de Instrucción Segundo en lo Penal de Sucre procedió a notificar a los imputados (fs. 98), entre ellos al ahora recurrente Nelzon Herbozo Anibarro en su domicilio de calle Atacama 29 de la ciudad de Sucre (fs. 98 vta.) -domicilio real del recurrente conforme se acredita de fs. 16 a 17; 19; 22 a 23; 26 a 29).