Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0141/2007-R
Fecha: 14-Mar-2007
2º
2º Declarar PROCEDENTE el recurso únicamente con relación a los Vocales correcurridos, dejando sin efecto el Auto de Vista de 19 de enero de 2007, debiendo dichas autoridades emitir uno nuevo teniendo en cuenta los fundamentos del presente fallo; sin disponer la libertad del representado del recurrente, por encontrarse bajo control jurisdiccional y;
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- permitan conocer de manera indubitable las razones que llevaron al juez a tomar la decisión en tal o cual sentido; de tal modo que las partes sepan los motivos en que se fundó la Resolución
- de tal manera que sea posible a través de su análisis, constatar si la misma está fundada en derecho o por el contrario es fruto de una decisión arbitraria
- III.2 Caso analizado
- 2º