SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0156/2007-R
Fecha: 21-Mar-2007
denegó
Por Resolución cursante de fs. 501 a 502, el Tribunal de amparo denegó el recurso con los siguientes fundamentos: 1) el expediente del proceso coactivo informa que el incidente de nulidad de notificación del avalúo pericial fue resuelto mediante Auto de 20 de marzo de 2006 en el que se rechazó la petición, lo que significa que se declaró válida la notificación impugnada, fallo que fue apelado el 28 de marzo de 2006; que es cierto que mediante decreto de 17 de febrero de 2006, se ordenó la realización de la segunda audiencia de subasta de remate con la rebaja del 25%, para el 4 de abril de 2006, situación que también fue objeto de apelación por memorial de 10 de marzo de 2006; 2) el trámite del proceso coactivo, se halla en ejecución de sentencia y, es de aplicación lo que mandan los arts. 514 y 517 del CPC, por lo que el trámite de la causa no puede suspenderse por ningún motivo, existen recursos ordinarios pendientes de resolución; 3) de los antecedente se tiene que no se han agotado los recursos ordinarios que los hizo valer la parte recurrente, de tal manera que el Juez recurrido no cometió ilegalidad alguna ni incurrió en omisión indebida por lo que no se produjo lesión a ninguno de los derechos fundamentales que reclaman en su demanda los recurrentes.