Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0161/2007-R
Fecha: 21-Mar-2007
II.7.
II.7. El 21 de marzo de 2006, el Juez Undécimo de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Cochabamba, anuló obrados hasta fs. 78 del expediente original (fs. 21 del testimonio) inclusive, -que se refiere a la foja en la que se encuentra la Resolución de 3 de enero de 2006, por la que rechaza el recurso de apelación formulado contra la Sentencia por estar planteada la impugnación extemporáneamente-, disponiendo en consecuencia que el Juez a quo tramite el recurso de apelación planteado por las demandadas conforme a derecho (fs. 32 y vta.). Por Auto de 5 de abril de 2006, se enmendó un error en el encabezamiento del Auto de Vista de 21 de marzo de 2006 (fs. 33 vta.).