Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0175/2007-R
Fecha: 23-Mar-2007
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
El abogado de la parte recurrente ratificó los fundamentos expuestos en el memorial del recurso y los amplió señalando que existieron vicios procesales a tiempo del pronunciamiento del Auto definitivo 34 de 5 de febrero de 2006, puesto que no se tramitó conforme a lo establecido en el art. 272 del CPP la observación a la planilla de liquidación, lo que afectó la garantía constitucional del recurrente al debido proceso y su derecho a la seguridad jurídica, por lo que solicitó anular obrados hasta el vicio más antiguo.