SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0175/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0175/2007-R

Fecha: 23-Mar-2007

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente solicita la tutela de su derecho a la seguridad jurídica y de la garantía del debido proceso, consagrados en los arts. 7 inc. a) y 16.IV de la CPE, manifestando que a consecuencia de un proceso penal que siguió contra Petrona Cortez Padilla, en el que se dispuso la prescripción de la acción penal, la parte querellada demandó el pago de costas; empero, el Juez recurrido no tramitó la petición conforme determina el art. 272 del CPP porque no obstante de haberse realizado observaciones al monto inicialmente determinado por dicha autoridad, no se abrió periodo incidental, refiriendo directamente en Resolución la suma adeudada por concepto de costas y determinación de la cuantía. Corresponde considerar, en revisión, lo solicitado a fin de otorgar o no la tutela demandada.