SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0176/2007-R
Fecha: 23-Mar-2007
i)
El recurrente denuncia la vulneración de los derechos de su representado a la seguridad jurídica y al debido proceso, pues los Ministros recurridos declararon la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso: i) sin considerar en sus fundamentos que el querellado en su solicitud de extinción de la acción penal no hizo una correcta fundamentación sobre la mora procesal, ni señaló en que parte del expediente se encuentra la dilación atribuible al órgano jurisdiccional como al Ministerio Público; ii) establecieron que la institución querellante fue la que abandonó por largos periodos el proceso, atribuyéndole culpa en la demora procesal, sin considerar las actitudes dilatorias del querellado. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales del representado del recurrente a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.