SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0179/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0179/2007-R

Fecha: 23-Mar-2007

I.2.1. Ratificación del recurso

El recurrente no se presentó a la audiencia señalada, pero presentó memorial que cursa a fs. 6 y vta., donde manifiesta que desiste de la acción por cuanto su representado ya no se encuentra privado de su libertad, habiendo arribado a un acuerdo con el Hospital Universitario Japonés, memorial al que se dio lectura en la misma audiencia; empero, tratándose de un recurso de hábeas corpus, el Tribunal del recurso dispuso la prosecución del mismo conforme a las normas previstas por el art. 91 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).