Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0206/2007-R
Fecha: 29-Mar-2007
I.2.1. Ratificación y ampliación de los fundamentos del recurso
El abogado y apoderado de la sociedad recurrente ratifica la demanda interpuesta, enfatizando que la Resolución Ministerial impugnada establece un plazo perentorio para suscribir contratos por lo que todas las vías alternativas resultan ser ineficaces por cuanto la duración para tener una respuesta, demandaría meses para su sustanciación y resolución.