AUTO CONSTITUCIONAL 175/2007-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 175/2007-CA

Fecha: 03-Abr-2007

4º      Llamar la atención

4º      Llamar la atención a Edgar Terrazas Melgar, Osvaldo Céspedes Céspedes y Ramiro Claros Rojas, Vocales de la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, por haber pronunciado el Auto elevado en consulta sin la debida fundamentación, recordándoles que es deber de los jueces y tribunales que, en oportunidad de rechazar o admitir las solicitudes para que se promueva el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, deben referirse necesariamente al cumplimiento del art. 60 de la LTC por parte del incidentista.