AUTO CONSTITUCIONAL 175/2007-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 175/2007-CA

Fecha: 03-Abr-2007

aplicable a aquellos procesos (…)”

El art. 59 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), establece que: “El  recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad procederá en los procesos judiciales o administrativos cuya decisión dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de una ley, decreto o cualquier género de Resolución no judicial aplicable a aquellos procesos (…)”(las negrillas son nuestras).