Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0237/2007-R
Fecha: 10-Abr-2007
II.3.
II.3. Por escrito de 7 de marzo de 2003, el recurrente se apersonó en el proceso señalado e interpuso una tercería de dominio excluyente, alegando actual posesión, mejoras introducidas al inmueble y el registro de su derecho con anterioridad a la Sentencia (fs. 13 a 15). El Juez Primero de Partido en lo Civil recurrido, rechazó la tercería por Resolución de 5 de septiembre de 2003 (fs. 17 a 19 vta.), la que fue revocada en apelación por los Vocales correcurridos según Auto de Vista de 7 de septiembre de 2005, disponiendo que en cumplimiento de decisiones judiciales ejecutoriadas se proceda a la división del inmueble en dos partes (fs. 20 a 21).