SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0253/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0253/2007-R

Fecha: 10-Abr-2007

III.2.

III.2. Para analizar la problemática planteada, corresponde señalar que cuando el imputado dentro de un proceso penal, solicita la cesación de su detención apoyándose en la previsión contenida en el art. 239 inc. 1) del CPP,  debe demostrar de manera fehaciente con prueba idónea que ya no concurren los motivos que fundaron su detención preventiva, o que se hubiera tornado conveniente la sustitución de dicha medida por otra.