SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0262/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0262/2007-R

Fecha: 12-Abr-2007

a)

El personero de ENDE S.A. recurrido por intermedio de su abogado, manifestó lo que sigue: a) El recurrente podía pedir en la vía ordinaria el cumplimiento del contrato de servicios externos y la reparación de daños y perjuicios ocasionados por la rescisión unilateral del contrato, porque el amparo constitucional no es sustitutivo de ese medio de reclamo; b) Su autoridad actuó como instancia jerárquica inferior cumpliendo instrucciones de sus superiores ante el daño al Estado que el recurrente estaba provocando con las lecturaciones negligentes que hizo.