SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0289/2007-R
Fecha: 19-Abr-2007
recurso de amparo constitucional
En revisión la Resolución 25/2006 de 19 de mayo, cursante de fs. 167 a 169 vta., pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Waldo Albarracín Sánchez, Defensor del Pueblo en representación de Marcela Sharit Vásquez Segovia contra Salvador Ric Riera, Ministro de Obras Públicas, Servicios y Vivienda y Blanca Palma de Gallardo, Directora General de Asuntos Administrativos, alegando la vulneración de los derechos a la vida, a la salud, a la seguridad, al trabajo, a una remuneración justa, a la seguridad social y a la maternidad, consagrados en los arts. 7 incs. a), d), j) y k) y 193 de la Constitución Política del Estado (CPE), además del derecho a la estabilidad laboral de la mujer embarazada, dispuesta en la Ley 975 de 2 de marzo de 1988 y la protección primaria del niño, señalada en el art. 107 del Código del Niño, Niña y Adolescente (CNNA).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- es por ello que en varios casos se ha excusado inclusive la observancia de los principios de subsidiariedad
- como a las funcionarias o servidoras públicas, sin exclusión
- no es menos cierto que agotar esos medios ordinarios implica para la gestante un perjuicio que podría ser irreparable proveniente de una acción ilegal e indebida de la autoridad recurrida
- c) De la obligación de la mujer embarazada de hacer conocer al empleador de su estado en vigencia de la relación laboral
- III.2. Caso analizado