Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0298/2007-R
Fecha: 23-Abr-2007
II.12.
II.12. El 10 de mayo de 2006, el Rector respondió a la nota presentada por el recurrente el 17 de abril de 2006, transcribiendo el informe de asesoría legal en el que señala, entre otras cosas: “que el impetrante concluyó su vínculo laboral con la Institución al presentar su 'renuncia voluntaria”; por lo que la SC 0261/2006-R “no tiene efecto alguno y no ha lugar a lo solicitado” (fs. 115).