SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0316/2007-R
Fecha: 24-Abr-2007
II.5.
II.5. Los personeros del Banco Santa Cruz S.A., por memorial presentado el 14 de julio de 2005, haciendo constar que son acreedores de la empresa demandada, solicitaron la suspensión del remate, al señalar que el valor catastral en base al cual se dispuso la subasta, no solo perjudicaría los intereses de la entidad bancaria, sino también de los demandantes, ya que el valor pericial del inmueble es seis veces mayor al fiscal (fs. 30 y vta.), mereciendo el decreto de la misma fecha (14 de julio de 2005), emitido por el Juez de la causa teniéndolos por apersonados y pasando la petición a conocimiento de la parte demandante, notificando a la Martillera Judicial a los fines de la suspensión del remate, mientras la parte ejecutante se pronuncie (fs. 30 a 31).