Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0317/2007-R
Fecha: 24-Abr-2007
REVOCAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que ejerce por mandato de los arts. 19.IV y 120.7 de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 102.V de la Ley del Tribunal Constitucional, en revisión, resuelve REVOCAR la Resolución de 1 de septiembre de 2006, cursante de fs. 62 a 63 y declarar IMPROCEDENTE el recurso de fs. 16 y vta., sin costas ni multa por ser excusable.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- III.2. Sobre la falta de respuesta a las peticiones efectuadas por la recurrente
- Fragmento 14
- REVOCAR