SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0326/2007-R
Fecha: 24-Abr-2007
II.7.
II.7. A través del memorial presentado ante la Jueza Segunda de Ejecución Penal del Distrito Judicial de La Paz el 2 de febrero de 2007, el recurrente aduciendo motivos de orden familiar y de salud, solicitó su traslado del recinto penitenciario de Chonchocoro al de San Pedro de la ciudad de La Paz; posteriormente por memorial de 5 de marzo del indicado año, el recurrente solicitó al Ministro de Gobierno ordene el inicio de proceso administrativo contra el Director General del Régimen Penitenciario, denunciado que dicha autoridad no remitió el expediente original de su solicitud de traslado al Juzgado de Ejecución Penal, argumentando que esa omisión implica que ninguna de sus solicitudes pueda ser atendida (fs. 8 a 10 vta.).