Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0153/2007-RCA
Fecha: 22-May-2007
recurso de amparo constitucional
En revisión la Resolución 054 de 27 de marzo de 2007, cursante de fs. 15 a 16 vta., de obrados, pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Hugo Romero Gutiérrez contra Ramiro Claros Rojas, Edgar Terrazas Melgar y Oswaldo Céspedes Céspedes, Vocales de la Sala Civil Segunda del mismo Distrito Judicial; por la supuesta vulneración de sus derechos a la seguridad jurídica, a la propiedad privada y de la garantía del debido proceso, citando al efecto los arts. 7 incs. a) e i), 16.II y IV de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de la demanda
- improcedencia in límine
- II.
- 1.
- o en su caso, cualquier otro medio de reclamación ante el particular, autoridad o tribunal
- referido principio de subsidiariedad
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno, así:
- II.3. Análisis de la problemática elevada en revisión
- demostrarse la certeza de la pretensión
- APROBAR