SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0389/2007-R
Fecha: 11-May-2007
III.2. El caso ahora analizado
En la especie, la recurrente acusa una serie de supuestas irregularidades que se habrían cometido en la tramitación del proceso administrativo que se siguió en contra suya en su condición de Técnica de Educación Especial, dependiente del “Seduca” de La Paz, y que -a decir suyo- derivaron en una conculcación de sus derechos y garantías fundamentales; sin embargo, la recurrente planteó recurso jerárquico contra el Auto Final 004/05 de 4 de febrero de 2005, por el cual el Tribunal Administrativo estableció responsabilidad en su contra y determinó la destitución de su cargo, dando lugar a que la Superintendencia del Servicio Civil, mediante Resolución SSC/IRJ/AR-007/2005, rechace el merituado recurso jerárquico con el fundamento que la recurrente formuló dicho medio impugnatorio contra el Auto Final del Proceso Administrativo, Resolución 004/05, cuando ésta ya fue objeto de una primera impugnación a través del recurso de revocatoria, motivo por el cual, en instancia jerárquica, correspondía la impugnación de la Resolución que resolvió el recurso de revocatoria, que fue notificada a la impetrante el 17 de febrero de 2005, estableciendo que el reclamo de la servidora pública no se ajusta a las previsiones de los arts. 12, 22 y 33 del DS 26319.
Por consiguiente, no es posible examinar el fondo de la problemática planteada, al no haberse recurrido contra la instancia máxima en vía administrativa, que tiene potestad de revisar, modificar o anular lo actuado por el Tribunal Administrativo demandado, que en este caso es la Superintendencia del Servicio Civil, que rechazó el recurso jerárquico intentado por la recurrente siendo incongruente que la impetrante pretenda se anule todo el proceso administrativo que se le siguió, cuando no ha dirigido esta acción tutelar contra el titular de dicha Superintendencia, que emitió una decisión que, aún cuando no ingresó al fondo de los aspectos alegados en el recurso jerárquico, puso final del proceso administrativo tantas veces referido.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- el agraviado debe acusar el acto indebido o ilegal constituido ya sea en un acto procesal o en una resolución ante la instancia última,
- III.2. El caso ahora analizado
- protección inmediata
- 25 de febrero de 2005 habiendo planteado el presente recurso de amparo constitucional recién el 24 de mayo de 2006,
- III.4. Facultad de valoración de la prueba
- denegado
- APRUEBA