AUTO CONSTITUCIONAL 0158/2007-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0158/2007-RCA

Fecha: 12-Jun-2007

II.2.

El Tribunal de amparo, en su Resolución 18/2007 de 17 de abril  “rechazó” el recurso ante la supuesta concurrencia de “uno de los supuestos de inactividad previstos en el art. 96 de la LTC” (sic), bajo el argumento de que según lo establecido por el art. 18 del Reglamento del Texto Ordenado del DS 27328, “… la MAE mediante resolución administrativa expresa, técnica y legalmente motivada podrá, hasta antes de la suscripción del contrato cancelar, anular o suspender un proceso de contratación …”.