AUTO CONSTITUCIONAL 275/2007-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 275/2007-CA

Fecha: 01-Jun-2007

II.4. Análisis de admisibilidad del caso de autos

En el caso en examen, los miembros del Tribunal que promovió de oficio el presente incidente, pretenden que se efectúe el control normativo de constitucionalidad de las Resoluciones 002/05 de 28 de febrero y de 8 de diciembre de 2006, pronunciadas por los Tribunales de Honor del ICACH e ICAT, por las que se declararon incompetentes para autorizar el licenciamiento de Mario Montaño Garnica y someterlo a un proceso penal, al encontrarse de acuerdo con el art. 6 inc. 5) de la LA, inhabilitado para ejercer la abogacía en los Distritos de Chuquisaca y Tarija, norma concordante con el art. 9 del estatuto del ICAT, en vista de no haber cancelado sus cuotas desde el mes de marzo de 1991 a enero de 2005 (en Sucre) y desde el año 1995 al presente (en Tarija).