Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0459/2007-R
Fecha: 06-Jun-2007
denegó
Concluida la audiencia, el Tribunal de amparo denegó el recurso solicitado por cuanto de acuerdo a la línea jurisprudencial establecida por el Tribunal Constitucional, debe plantearse dentro de los seis meses y en el caso examinado ello no ha ocurrido, habiéndose interpuesto posteriormente si se considera la fecha con la notificación con la Resolución 026/2005 y la fecha de presentación del recurso, en contra del principio de inmediatez.