Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0459/2007-R
Fecha: 06-Jun-2007
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente indica que se han vulnerado los derechos a la seguridad jurídica y la garantía del debido proceso de sus mandantes por cuanto las autoridades recurridas, miembros del Tribunal Superior de Ética Profesional del Colegio de Arquitectos de Bolivia, les impuso sanciones cuando su atribución se limita a ratificar o rechazar la Resolución apelada, y peor aún, agravaron las sanciones impuestas en contra del principio reformatio in peus; además de declararse sin competencia para conocer la solicitud de nulidad de la cuestionada Resolución 26/2005. De consiguiente, corresponde determinar en revisión, si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 19 de la CPE.