SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0463/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0463/2007-R

Fecha: 06-Jun-2007

a)

Los recurridos en los informes cursantes de fs. 54 a 55 y 62 a 63 vta., manifestaron lo siguiente: a) Lo aseverado por la recurrente no es evidente por cuanto los herederos no dieron su anuencia, pues tiene derecho a la parte que le corresponde a la de cujus y es contra cuyo título se planteó la tercería de dominio excluyente; b) Si bien es evidente que la ex Jueza Cuarta de Instrucción en lo Civil declaró improbada la tercería de dominio excluyente, no es menos cierto que dicho Auto se basó en el documento de 14 de enero de 2002, en el cual la tercerista y sus hermanos dieron su consentimiento expreso y escrito, sólo por una parte del terreno, pero dicho documento no es base del juicio ejecutivo, por lo que el Juez de alzada anuló el Auto de tercería por no haber sido debidamente fundamentado y no haber sido base de la referida acción que es de 11 de marzo de 2003; c) La recurrente no agotó la jurisdicción ordinaria establecida por el art. 336 del CPC. Pidieron se deniegue el recurso.