SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0466/2007-R
Fecha: 06-Jun-2007
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente solicita la tutela del derecho de la entidad que representa, a la seguridad jurídica y de la garantía del debido proceso, consagrados en los arts. 7 inc. a) y 16.IV de la CPE; los que considera vulnerados por el Juez recurrido, dentro del proceso ordinario de prescripción extintiva o liberatoria interpuesta contra el Bancosur S.A. en liquidación, pues dicha entidad bancaria no fue notificada con la demanda ni demás actuados procesales, evitando así que opongan excepciones, presente prueba y haga uso de sus derechos procesales. En consecuencia, en revisión de la Resolución del Juez de amparo, corresponde dilucidar, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales de la entidad representada por el recurrente, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.