Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0475/2007-R
Fecha: 12-Jun-2007
II.1.
II.1. De acuerdo a la RM 210/05 de 24 de junio de 2005, el Ministro de Trabajo resolvió reconocer la Directiva de la COD de Chuquisaca elegida para la gestión del 24 de octubre de 2004 al 23 de octubre de 2006, conformada, entre otros, por Enrique Coronado Aguilar como Secretario de Defensa Laboral (fs. 7 a 8). Así mismo, por certificación expedida por la Central Obrera Boliviana (COB), se acreditó que Enrique Coronado Aguilar es Secretario de Defensa Laboral del Comité Ejecutivo de la COD (fs. 10).
- recurso de amparo constitucional
- I.1. Contenido del recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1.
- a)
- b)
- c)
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el carácter subsidiario del amparo constitucional
- las autoridades judiciales
- III.2. Sobre las infracciones a las leyes sociales
- III.3.
- APROBAR