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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0480/2007-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0480/2007-R

    Fecha: 13-Jun-2007

    I.2.1.

    El abogado del recurrente ratificó in extenso el contenido de la demanda,  agregando que  se declare “procedente” el amparo, se conceda el mismo en base a la petición realizada y se declare al recurrente como ganador del proceso de contratación y se deje sin efecto legal la Resolución Prefectural 202/2006 por ser extemporánea y por haber operado el silencio administrativo positivo.

    • Fragmento 1
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • I.2.1.
    • a)
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.8. Mediante Resolución Prefectural 202/2006 de 13 de julio, el Prefecto del departamento de Tarija -ahora recurrido- declaró nulo el proceso de contratación para el Servicio de Consultoría 003/2006, para la Supervisión Técnica del Proyecto de Electrificación Interconexión Tarija-Iscayachi-El Puente
    • III.    FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.
    • declaró nulo el proceso de contratación para el Servicio de Consultoría 03/2006, para la Supervisión Técnica del Proyecto de Electrificación Interconexión Tarija-Iscayachi-El Puente,
    • III.3.
    • “denegado”
    • Fragmento 21

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