Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0489/2007-R
Fecha: 13-Jun-2007
II.1.
II.1. Por RM 101/06 de 24 de marzo de 2006, pronunciada por el Ministro de Educación ahora recurrido y otros, fue aprobada la Convocatoria Pública, los instrumentos de evaluación y su Reglamento, para optar el cargo de director de unidad educativa pública, fiscal y de convenio de las áreas formal y alternativa y los declarados de acuerdo al art. 228 del CEB del sector urbano, con excepción de los directores bajo el art. 228 del área rural (fs. 311 a 313).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- i)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Improcedencia del recurso de amparo constitucional por haber cesado los efectos del acto reclamado
- suspendida
- cuando ha quedado
- Fragmento 16
- III.2. Análisis del caso de autos
- APROBAR