SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0499/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0499/2007-R

Fecha: 19-Jun-2007

a)

El recurrente ratificó los términos del recurso planteado y los amplió señalando que: a) Su representado se halla indebidamente detenido por más de treinta y siete horas, por cuanto en grado de apelación el Tribunal de alzada, Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba anuló el acta de medida cautelar y de la misma manera anuló el mandamiento de detención preventiva, disponiendo que su representado sea puesto inmediatamente a disposición de la Jueza Segunda de Instrucción Mixta y cautelar de Villa Tunari; b) Una vez trasladado al Juzgado a fin de que se realice una nueva audiencia, misma que no se llevó a cabo, fue trasladado nuevamente en la noche a la cárcel de “El Abra”, sin existir orden de detención en su contra, de manera injusta, aclarando que ya han transcurrido cerca de sesenta horas de detención indebida, solicitando por ello se declare la procedencia del recurso; c) Su persona no puede pedir mandamiento de libertad, por cuanto el mandamiento de detención fue declarado nulo, observando sorprendido que después de la audiencia del recurso se vaya a realizar la de medidas cautelares, siendo así que su representado no ha sido notificado con ningún señalamiento.