SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0499/2007-R
Fecha: 19-Jun-2007
I.3. Trámite en el Tribunal Constitucional
Ante la ausencia forzosa de cuatro Magistrados del Tribunal Constitucional, al haber sido convocados al Congreso Nacional, mediante decreto constitucional de 29 de mayo de 2007, se dispuso la suspensión del cómputo del plazo, mientras dure la ausencia de los mismos, habiéndose reanudado por decreto constitucional de 1 de junio de 2007.
A solicitud del Magistrado Relator por requerir de mayor análisis y amplio estudio, de conformidad a lo establecido en el art. 2 de la Ley 1979 de 24 de mayo de 1999, mediante Acuerdo Jurisdiccional 080/07 de 4 de junio de 2007 (fs. 64), se procedió a ampliar el plazo procesal en la mitad del término principal, siendo la fecha de nuevo vencimiento el 20 de junio de 2007, por lo que la presente Sentencia es pronunciada dentro del plazo legalmente establecido.