SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0529/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0529/2007-R

Fecha: 28-Jun-2007

denegando

El Juez del recurso dictó Resolución denegando el amparo, con los siguientes fundamentos: 1) Los certificados presentados por el recurrente provienen de personas e instituciones que no trabajan dentro de la empresa, además no determinan la calidad de socio del recurrente, ni de administrador de la empresa conforme al art. 203 del Ccom; 2) El amparo está dirigido contra los recurridos como personas particulares y no como representantes de la empresa minera “Kim Kim S.R.L.”; 3) La escritura pública de transferencia de capital que se acompaña, no está inscrita en FUNDEMPRESA como manda el art. 202 del Ccom., consecuentemente no ha acreditado su calidad de socio; 4) Según informes que cursan en obrados, el recurrente y su esposa salieron de las instalaciones de la empresa portando maletines y bolsones, y acompañados de otras personas que no se identificaron, pretendieron ingresar a la planta sin autorización ni orden judicial; 5) El recurrente no solicitó por escrito se le permita examinar la contabilidad, libros y otros documentos de la sociedad, además que dichos documentos no se encuentran en las instalaciones de la empresa en Corocoro, sino en sus oficinas de ciudad de La Paz; 6) El recurrente señala la vulneración del art. 7 de la CPE, sin especificar a qué literales se refiere y si bien en la audiencia indica el derecho al trabajo, a la industria, al comercio y a la propiedad privada, sin embargo, no adjunta contrato de trabajo o denuncia efectuada al Ministerio del ramo para ser restituido a su fuente laboral.