Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0556/2007-R
Fecha: 03-Jul-2007
“procedente” en parte
Por todo lo expresado precedentemente, la situación planteada no se encuentra dentro de las previsiones y alcances del art. 19 de la CPE, por lo que el Tribunal de amparo al haber declarado “procedente” en parte el recurso -aunque en uso de la terminología adecuada que rige para los recursos de amparo constitucional debió concederlo de acuerdo con lo establecido en la SC 0505/2005-R de 10 de mayo-, no ha efectuado una adecuada compulsa de los antecedentes procesales ni dado correcta aplicación al citado precepto constitucional.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- i)
- 1)
- a)
- “procedente” parcialmente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la jurisprudencia constitucional y los hechos controvertidos
- Fragmento 14
- III.2. El caso concreto
- III.3.
- “procedente” en parte
- REVOCAR