SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0580/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0580/2007-R

Fecha: 09-Jul-2007

a)

Los Ministros demandados en el informe cursante de fs. 218 a 219 sostuvieron lo que sigue: a) Los representados de la recurrente pretenden equivocadamente una interpretación artificiosa del art. 258 inc. 2) del CPC en la intención manifiesta de eludir o postergar el cumplimiento de obligaciones sociales reconocidas a favor del tercero interesado; b) Los representados de la recurrente impugnan el Auto Supremo dictado por sus autoridades en la errada convicción que la instancia del recurso de casación implicaba a su favor otra oportunidad de considerar hechos no probados ante los Jueces de grado, con olvido de que este recurso extraordinario se asemeja a una nueva demanda de puro derecho en la que inexcusablemente se deben cumplir ciertos presupuestos cuyo incumplimiento acarrea su improcedencia, lo que sucedió en la especie. Pidieron se declare improcedente el recurso.