SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0593/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0593/2007-R

Fecha: 11-Jul-2007

1)

Los recurridos a través de su abogado adujeron que: 1) Iniciaron y obtuvieron la posesión de los terrenos que en aquélla época eran terrenos baldíos ocupados por “malvivientes” (sic), e “ingresaron evidentemente” (sic) porque dichos terrenos no estaban cumpliendo una función social y vulneraban la seguridad ciudadana; 2) En todo el perímetro de la urbanización “Cotoca”, “El Dorado” y otros barrios periféricos de la ciudad de Santa Cruz “actualmente” (sic) existen viviendas, servicios públicos e interconexión entre los vecinos, y se encuentran en esos predios quienes ostentan el derecho de posesión sobre los mismos, pues quienes eran los propietarios si bien es cierto tenían el animus, como intención de esa titularidad de derecho, no tienen el corpus; 3) Plantearon una demanda interdicta de retener la posesión ante el Juzgado Primero de Instrucción en lo Civil, y por ende también interpondrán una expropiación que la ley les franquea, quieren efectuar el pago correspondiente al valor comercial de dichos terrenos pero a un justo precio, pues ingresaron a los citados predios por una sentida necesidad, porque querían tener un inmueble para albergar a toda su familia, pues tienen escasos recursos económicos, y vienen ejerciendo esa posesión en forma continuada, pacífica y pública; 4) Los recurrentes pueden acudir a otros medios de defensa judicial como los contemplados en la ley adjetiva civil, vale decir mejor derecho propietario, reivindicación, acciones de negatorias, interdictos, y no activar el amparo constitucional, que es un recurso subsidiario. Solicitaron se declare improcedente el recurso.