Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0599/2007-R
Fecha: 12-Jul-2007
concedido
Por consiguiente, el Tribunal de amparo al haber concedido el recurso y dispuesto la restitución del recurrente como Presidente del Instituto Juvenil del Conocimiento a efectos de que convoque en forma legal e inmediata a Asamblea y sea esa instancia la que defina respecto a la renovación del Directorio, hizo una correcta evaluación del caso en análisis así como de los alcances del art. 19 de la CPE.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
- I.2.1.
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- concedido