Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0655/2007-R
Fecha: 31-Jul-2007
d)
d) La compulsa planteada fue declarada ilegal en virtud al art. 281 del CPP.1972, al no estar señalada en el procedimiento. Contra esa decisión el mandante del recurrente planteó recurso de reposición a sabiendas que el mismo procede contra providencias de mero trámite pero no contra aspectos o resoluciones de fondo como el presente, presentando otros memoriales y presentado queja ante la Corte Superior y al Consejo de la Judicatura.