AUTO CONSTITUCIONAL 0195/2007-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0195/2007-RCA

Fecha: 13-Ago-2007

rechazó in límine

El Tribunal de amparo, Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, mediante Resolución 5 de 24 de mayo de 2007, cursante a fs. 96 y vta. de obrados, rechazó in límine  el recurso de amparo constitucional, con el argumentando de que los recurrentes incumplieron los requisitos previstos en el art. 97.IV y VI de la LTC, por cuanto no precisaron “los derechos o garantías que se consideren restringidos, suprimidos o amenazados”, sin señalar que norma constitucional se hubiese quebrantado, puesto que no se sabe qué derechos o garantías constitucionales fueron lesionados con la emisión del “A.V. No. 064/05 de 8 de agosto”, así como tampoco fijó con precisión el amparo que se solicita para preservar o restablecer el derecho o la garantía vulnerados o amenazados, limitándose en señalar que los recurridos dicten “una resolución encuadrada en el marco legal” (sic).