SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0669/2007-R
Fecha: 02-Ago-2007
acto ilegal
De lo anterior se colige que el acto ilegal conlleva la realización de una actividad, ejecución de una orden, o la observancia de una conducta contraria a lo dispuesto por el ordenamiento jurídico, que lesione los derechos y garantías del ser humano. La omisión indebida se produce por la inacción de una autoridad o particular, el “no hacer lo debido”, que acarrea un perjuicio a otra persona. La restricción de un derecho o garantía fundamental supone evitar que la persona que es titular del mismo, pueda ejercitarlo a plenitud, sin más límites que los impuestos por el orden constitucional y legal. La supresión de un derecho o garantía fundamental consiste en despojar totalmente a una persona de la facultad de ejercitar tal derecho o exigir la observancia de la garantía que se trate. Y, la amenaza de la restricción o supresión de derechos o garantías fundamentales consiste en el peligro o riesgo inminente, actual, y cierto de que se producirá un acto ilegal que traerá consigo una lesión a tales derechos. La amenaza debe reunir los caracteres referidos -inminencia, actualidad, certeza- para que pueda ser atendida por medio de este recurso.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza del amparo constitucional
- que restrinjan, supriman o amenacen suprimir o restringir los derechos y garantías de la persona
- acto ilegal
- III.2. El caso ahora analizado
- Fragmento 12
- REVOCA