Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0669/2007-R
Fecha: 02-Ago-2007
Fragmento 12
Frente a dicha advertencia, los recurrentes solicitaron explicación, complementación y enmienda, con el objeto que la Jueza señale la norma en que se basó para indicar que la citada Resolución podía ser objeto de alzada. A través del decreto de 25 de mayo de 2006, la Jueza ordenó se esté a lo dispuesto en el Auto de 19 de mayo de 2006, por ser claros sus términos.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza del amparo constitucional
- que restrinjan, supriman o amenacen suprimir o restringir los derechos y garantías de la persona
- acto ilegal
- III.2. El caso ahora analizado
- Fragmento 12
- REVOCA