SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0669/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0669/2007-R

Fecha: 02-Ago-2007

III.1. Naturaleza del amparo constitucional

El recurso de amparo constitucional puede definirse como aquel procedimiento de carácter jurisdiccional, extraordinario y de gran flexibilidad formal para la protección de los derechos consagrados constitucionalmente, tendientes a lograr el restablecimiento de los mismos de una manera efectiva e inmediata.  Es una garantía destinada a tutelar y resguardar el respeto de los derechos fundamentales de la persona, con excepción de la libertad de locomoción, que es protegida por el recurso de hábeas corpus, y el derecho a la libertad autoinformativa, protegida por el recurso de hábeas data.

El recurso de amparo constitucional es un recurso extraordinario, expeditivo, sumarísimo, urgente, inmediato y subsidiario, que precautela el respeto de los derechos fundamentales y garantías constitucionales del ser humano, ya sean invocados en forma individual o colectiva, con excepción de la libertad física o individual, en los casos en los que sean amenazados, suprimidos o restringidos por actos u omisiones ilegales o indebidos.