SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0669/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0669/2007-R

Fecha: 02-Ago-2007

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Los recurrentes alegan la conculcación de su derecho a la seguridad jurídica y la garantía del debido proceso, por cuanto, alejándose de la normativa vigente, la Jueza   recurrida ha señalado, en el Auto que rechazó el incidente de actividad procesal defectuosa  formulado por su parte, que esa decisión es apelable en el plazo de tres días, lo cual no es evidente dado que el Código de Procedimiento Penal es explícito sobre las determinaciones que pueden ser objeto de alzada, entre las que no se encuentra la señalada. Por lo que corresponde, en revisión, analizar si en la especie se debe otorgar o no la tutela pretendida.